Nov. 14, 2024 5:46 pm
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El actor mexicano y ex-aspirante a candidato presidencial de México, Eduardo Verástegui, condenó en X la falta de acción del gobierno de EE. UU. respecto al tráfico humano de médicos cubanos en un tweet dirigido a Donald Trump que se ha vuelto viral.

Este tema ha sido investigado previamente por la Fiscal General de Florida, Ashley Moody, lo que resalta la importancia de abordar estas denuncias. Para más información:

Mensaje a Mr. President @realDonaldTrump:

  1. Considerando que el gobierno de Estados Unidos, según el Informe TIP (Tráfico de Personas), define a Cuba como uno de los 11 países que practican el tráfico humano y el trabajo forzado a nivel estatal.
  2. Considerando que, según el acuerdo comercial entre Estados Unidos, México y Canadá (USMCA), ningún país parte del tratado puede participar, tolerar o practicar ningún tipo de trabajo forzado o compulsivo.
  3. Considerando que el proyecto de ley FY24 establece claramente la instrucción de negar visas a gobiernos y organizaciones internacionales involucradas en el tráfico de médicos cubanos.

¿Cómo es posible que EE. UU. no haya hecho nada para responsabilizar al gobierno mexicano por el tráfico y la explotación de más de 2,000 médicos cubanos en las condiciones mencionadas ni haya responsabilizado a las autoridades mexicanas que participaron y todavía participan en este esquema?

El secretario Antony J. Blinken, en la ceremonia de lanzamiento del Informe sobre Tráfico de Personas 2021 – Departamento de Estado de EE. UU., afirmó: “Este año, el informe se centra en el tráfico humano patrocinado por el estado. Documentamos 11 países donde el gobierno mismo es el traficante, por ejemplo, a través del trabajo forzado en proyectos de obras públicas o en sectores de la economía que el gobierno considera particularmente importantes. Por décimo año consecutivo, el informe documenta cómo el gobierno cubano se ha beneficiado de misiones médicas en el extranjero. Envían médicos y otros profesionales médicos al extranjero, no les informan de los términos de sus contratos, les confiscan sus documentos y salarios, y amenazan a ellos y a sus familiares cuando intentan irse.”

Para más información sobre el acuerdo USMCA, visita aquí.

Artículo 23.3: Derechos Laborales

  1. Cada parte adoptará y mantendrá en sus estatutos y regulaciones, y prácticas relacionadas, los siguientes derechos, según se establece en la Declaración de la OIT sobre Derechos en el Trabajo:
    • (a) libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
    • (b) la eliminación de todas las formas de trabajo forzado o compulsivo;
    • (c) la abolición efectiva del trabajo infantil y, para los fines de este Acuerdo, la prohibición de las peores formas de trabajo infantil;
    • (d) la eliminación de la discriminación en el empleo y ocupación.

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